Madre se querella por cuasidelito de homicidio tras muerte de pescador a bordo de una lancha

Tragedia se desató en la caleta de Barranco Amarillo

El 2 de septiembre del año pasado la lancha a motor Nabor I tenía planificado zarpar a zona de pesca. Esa misma tarde es hallado sin vida a bordo el tripulante Mauricio Antonio Cerda Vivar (47). Un compañero de faena lo encontró en la sala de máquinas tendido en el piso boca abajo y sin signos vitales.

Ese mismo día, en horas de la mañana, Mauricio Cerda se había comunicado con su madre, manifestándole que le dolía mucho la cabeza y que se sentía mareado, a lo que ella le recomendó que se tomara un paracetamol y que descansara.

El trabajador había señalado con anterioridad a familiares y compañeros de labores que las máquinas a bordo de la embarcación tenían varios desperfectos, llegando a tener discusiones respecto de aquello con su jefe, ya que éste no quería arreglarlas.

Concretamente, según se plantea en la querella, las fallas provenían desde el motor y de la bomba de achique específicamente desde fechas anteriores a la ocurrencia de los hechos, ello luego de que su empleador previamente tomara la decisión de instalar e implementar el uso de un sistema de achique de sentinas, mediante la motobomba Yomaha de combustión interna en la sala de máquinas y lo hizo sin solicitar previamente la aprobación de la autoridad marítima para su instalación como reemplazo, constituyendo así una condición insegura para la salud de la tripulación.

El resultado del informe pericial elaborado por la autoridad marítima, como consecuencia de una investigación sumaria ordenada respecto de los hechos, “el mantener una bomba de achique en la sala de máquinas sin una descarga apropiada hacia el exterior, no es una condición normal, por cuanto su ubicación en un espacio reducido y con una baja ventilación natural afecta la seguridad de las personas, pues al estar en funcionamiento genera descarga de CO como resultado de la combustión, gases que se concentran al interior de dicha sala”.

El 7 de octubre de 2021, personal de la Capitanía de Puerto de Punta Arenas había realizado una inspección a dicha embarcación, haciendo una verificación respecto del material de máquinas, electricidad e incendio. En ella pasó sin observación de la bomba de achique mecánica que era la del diseño de la nave, siendo aprobada por la autoridad marítima en su momento de construcción.

Fue posterior a dicha inspección, que el armador Rubén Alvarado Caipillán realizó una modificación al material y equipamientos no autorizada, al instalar adicionalmente una motobomba a gasolina, sin dar cuenta de aquello a la autoridad competente.

Mauricio Cerda contaba con licencia vigente de “tripulante de máquinas de nave menor”.

El informe de autopsia emanado desde el Servicio Médico Legal estableció como causa de muerte de una “intoxicación por monóxido de carbono”. El Laboratorio de Toxicología detectó presencia de monóxido de carbono mediante el método “espectrofotométrico con ditionito de sodio con agente reductor”.

Querella familiar

Basado en el informe de autopsia del cadáver y al resultado de la investigación sumaria realizada por la autoridad marítima, la familia del malogrado tripulante, específicamente la madre, Patricia Vivar Flores, interpuso una querella criminal en contra del patrón de la nave a motor Rubén Alvarado Caipillán, por un cuasidelito de homicidio. Este lunes el Juzgado de Garantía de Punta Arenas declaró admisible la acción legal y ordenó su remisión a la Fiscalía Local para su investigación.

Al querellado, en su calidad de patrón de pesca, armador y jefe directo de la víctima, se le atribuye un acto negligente, “consistente en la instalación y uso de una bomba de achique sin previa autorización de la autoridad competente la cual no revestía las características técnicas y de seguridad para el fin al que la dispuso, exponiendo de esta forma a la víctima directa a realizar una labor de alto riesgo, lo que finalmente le provocó su muerte”. Adicional a lo anterior, es acusado de “no disponer de las medidas seguridad necesarias para proteger a su subalterno de los posibles riesgos que le pudiera implicar el uso de dicho artefacto, esto, agravado por su negligencia al hacer caso omiso al momento en que Mauricio Cerda, la víctima, le puso en conocimiento de las malas condiciones en las que se encontraba esa herramienta de trabajo”. Sumado a lo anterior, se le imputa la transgresión de otras normas laborales y de seguridad social que pesan sobre el empleador.

Sanciones

El 28 de octubre de 2022, el patrón de pesca artesanal Rubén Alvarado fue notificado de la sanción administrativa impuesta por la autoridad marítima respecto de los hechos, siendo condenado a una multa de 40 pesos oro (equivalentes a 369.800 pesos) pagada el 5 de noviembre de 2022. En este caso se le atribuyó la responsabilidad administrativa como patrón y armador de la lancha a motor Nabor I, en el accidente con consecuencia de muerte, que afectó a Mauricio Cerda Vivar, por “omitir informar a la autoridad marítima de la instalación de un sistema de achique de sentinas complementario y permitir operar una motobomba de combustión interna en la sala de máquinas, constituyendo su uso una condición insegura para la salud de los tripulantes, hecho acaecido el 2 de septiembre de 2022”.

Desde el punto de vista laboral, la Inspección del Trabajo cursó seis infracciones al armador, al infringirse normas mas legales: en la más importante impuso una multa de 26,73 Ingresos Mínimos Mensuales y otras 5 multas de 4 UTM cada una.

Con ocasión de la muerte de este pescador, la Fiscalía de Punta Arenas abrió en su oportunidad una investigación penal.

FUENTE: LA PRENSA AUSTRAL.

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