Reportero radial fue declarado culpable de estupro, producción y almacenamiento pornográfico infantil

A principios de febrero comenzó el juicio contra el reportero radial Juan Carlos Alvarez Barría, a quien se le atribuyeron los delitos de estupro, producción y almacenamiento de material pornográfico infantil en contra de una menor de edad. Se expuso que las dinámicas involucraban ofrecimientos de drogas, alcohol y otras especies ilícitas, lo que comprende una modalidad de explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes. El día de ayer los jueces resolvieron condenar al imputado como autor en grado consumado del delito de estupro, producción y almacenamiento de material pornográfico infantil, mientras que fue absuelto del delito de obtención de servicios sexuales.

El estupro es el acto de tener relaciones sexuales con una persona mayor de 14 años y menor de 18 años, aprovechándose de su inexperiencia sexual o su situación de subordinación.

La víctima de Alvarez Barría tendría 15 años cumplidos. La comunicación entre ambos data de años anteriores según las pericias de la Policía de Investigaciones y la revisión de conversaciones de su teléfono celular vía Instagram. A través de la inspección del celular también se comprobaron imágenes con contenido sexual explícito.

Se hizo mención en los alegatos finales de que la víctima era conocida en las unidades policiales, puesto que tendría al menos 20 denuncias por presunta desgracia. Se corroboró también que tres imágenes fotográficas habían sido tomadas durante octubre de 2022, luego de que la víctima estuvo internada por 50 días en la Unidad de Psiquiatría del Hospital Clínico de Magallanes, y mientras se encontraba desaparecida. Un tatuaje y un piercing en el ombligo permitieron identificar a la víctima en las fotos, además de una sábana rosada que se le atribuyó a la misma días posteriores.

“Solicitamos al Tribunal que el acusado sea condenado a la pena máxima solicitada por el delito de estupro y además por el delito de producción y almacenamiento de material pornográfico infantil. De esta forma se pueda reparar todo el daño provocado a la víctima”, apuntó la abogada querellante del programa Mi Abogado, Carolina Vidal. “Ella fue tratada por el acusado como una mercancía y un objeto sexual para satisfacer sus propias necesidades como adulto”.

Alvarez Barría tomó uso de la palabra en los alegatos finales, para pedir disculpas públicas. “Nunca supe la condición anterior que había tenido esta persona y es lamentable toda la situación que ocurrió del momento que nació hasta los 15 años que mantiene ahora”.

Posterior al veredicto de los jueces, el fiscal Dobson explicó que la absolución del tercer delito se explica por la culpabilidad en el estupro. “Es el mismo hecho que se relaciona con obtener servicios sexuales de menores. El Tribunal necesariamente tiene que sancionar uno u otro. Y en este caso estimó aplicar el delito más grave, que era el delito de estupro”. En cuanto a las penas, el Ministerio Público solicitó “una pena de 7 años por el delito de estupro, pero es un delito que parte de 3 años y un día; y el delito de producción de material va de 3 a 5 años de cárcel, lo pedimos en el máximo. Deberían sumarse las dos penas a la hora de conocerse la sentencia”, indicó el fiscal Dobson.

La sentencia se dará a conocer el próximo lunes 12 de febrero.

FUENTE: LA PRENSA AUSTRAL

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