Siempre es muy esperado el Aguinaldo de Fiestas Patrias, incluso en estos tiempos de pandemia del covid-19. Independiente de las restricciones sanitarias, tal dinero se suma a los presupuestos para celebrar la Independencia Nacional.
Este año, los feriados disponibles son el sábado 18 en honor a la Independencia Nacional y el domingo 19, el Día de las Glorias del Ejército, ambos irrenunciables. Y a ese par de días se suma el feriado adicional del viernes 17.
Este beneficio es una suma de dinero pagada una sola vez en el año, y ya son conocidos sus valores para este año para los empleados públicos y los pensionados.
El Fisco es el que cancela en septiembre el Aguinaldo de Fiestas Patrias a estos dos grupos, siempre y cuando cumplan con algunos requisitos lega.es establecidos.
El Aguinaldo de Fiestas Patrias para el sector público
De acuerdo a la Ley 21.196 -sobre reajuste de remuneraciones, aguinaldos y beneficios a los funcionarios del sector público- los valores son de $76.528 y de $53.124, según cada caso que detalla la normativa.
“El monto del aguinaldo será de $76.528 para los trabajadores que al mes de agosto de 2021 tengan una remuneración igual o inferior a $794.149 y; de $53.124 para quienes superen esta cantidad”.
Los pensionados
Para los pensionados, el Aguinaldo de Fiestas Patrias será de $20.624, monto al que son sumados $10.581 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2021.
El dinero de este bono no está afecto a descuentos, ni tampoco es considerado para el pago de impuestos ni para el pago de cotizaciones previsionales y/o de salud.
Requisitos para los pensionados
Los pensionados aptos para recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias deben cumplir con las siguientes condiciones al 31 de agosto de 2021:
¿Qué pasa en el sector privado con el Aguinaldo de Fiestas Patrias?
Cabe recordar que para los empleadores privados no es una obligación legal entregar a sus trabajadores el Aguinaldo de Fiestas Patrias. Pero una persona que labora fuera del aparato estatal puede tener derecho a este monto de dinero en los siguientes casos:
1.- Si está contemplado en su contrato de trabajo.
2.- En caso de que exista un contrato o convenio colectivo en el que el Aguinaldo de Fiestas Patrias está incorporado como una cláusula.