El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a Dafiti para que la entregue información sobre las medidas que implementará para garantizar el cumplimiento de los derechos de los consumidores, tras anunciar el cese de sus operaciones en Chile. La semana pasada la firma de origen brasileña anunció que debido a la intensa competencia y la falta de diferenciación se retira del mercado chileno después de 14 años de funcionamiento.
Desde el Sernac, señalaron que si bien Dafiti se autodefine como marketplace, también opera como vendedor y por lo mismo, es importante conocer por parte del ente fiscalizador cómo hará valer las diversas garantías asociadas a los productos propios o de terceros. «Se le solicita a la empresa que pueda comunicar hasta cuándo tendrán habilitado su sitio web para la comercialización de productos y cómo harán efectiva la garantía legal en caso de falla, por hasta seis meses de comercializado alguno de sus productos», señaló el organismo en un comunicado. Asi, el Sernac realizará un monitoreo durante ese tiempo para verificar que la empresa, dedicada a la venta en línea de ropa, calzado y accesorios, cumpla con sus obligaciones en relación a los pedidos por entregar y de aspectos como la garantía legal. Es decir, que la firma cese operaciones en el país «no quita que la empresa deba cumplir con sus obligaciones en relación a los consumidores», subrayó. En el comunicado señaló, además, que los consumidores tienen derechos a retracto de hasta 10 días para casos de este tipo de compras en comercio electrónico y 6 meses de garantía legal de sus productos en caso que algún producto falle y este no sea atribuible al consumidor, pudiendo exigir cambio, reparación o devolución del dinero. De esta forma, la empresa debe respetar una serie de derechos que establece la Ley del Consumidor, el precio total del producto o servicio, con el valor del despacho incluido, la inexistencia de stock y las características relevantes de los productos y servicios ofrecidos, entre otros aspectos. Además, la norma señala la exigencia de parte de las empresas a informar sobre la existencia o no del derecho a retracto, es decir, que las personas pueden arrepentirse en compras electrónicas, telefónicas o por catálogos dentro de los 10 días siguientes desde que recibió el producto o contrató el servicio. En caso de detectar infracciones y ser denunciadas ante la justicia, las empresas arriesgan multas de hasta $20.188.200 (300 UTM).
Fuente: Emol.com